Decreto Plan de Ordenación del territorio (POT) del estado Portuguesa 06 de junio 1993
Vigente a pesar de tener veintitrés años de su promulgación. Estos planes deben ser revisados cada 5 años. Según lo señalado en la fenecida Ley Orgánica para la Planificación y Gestión de la Ordenación del Territorio: La Ordenación del Territorio comprende, entre otros, los objetivos siguientes: Consolidar el territorio, a través de la definición de los mejores usos de los espacios de acuerdo con sus capacidades, condiciones específicas, realidades ecológicas, socioculturales y potencialidades. Coadyuvar el desarrollo rural integral apoyado, en la evaluación y clasificación de las tierras, de los espacios con potencial pesquero y para la acuicultura, de acuerdo con su vocación de uso. Incentivar la ordenación turística integral a nivel nacional, regional, estadal y municipal. Estructurar la red de centros poblados de base urbana y rural. Identificar las zonas especiales de desarrollo sustentable. Definir los corredores de servicio, las grandes redes de transporte multimodal y las obras de infraestructura. Definir las Áreas Naturales Protegidas y las Áreas de Uso Especial para su conservación, manejo y aprovechamiento sustentable, procurando la conformación de corredores biológicos. Incentivar la conservación y uso sustentable de los recursos naturales. Determinar los espacios sujetos a riesgos asociados a fenómenos naturales (geológicos, sismológicos, hidrológicos, inestabilidad de laderas, desertización, etc.), tecnológicos o antrópicos (desertificación, contaminación de aire, agua y suelo), así como los mecanismos de prevención idóneos para salvaguardar la vida de la población, disminuir su vulnerabilidad y racionalizar el uso de los recursos destinados a inversión. Contribuir a la demarcación de los hábitats y tierras de los pueblos y comunidades indígenas, así como el respeto a las formas de uso tradicional de los recursos naturales que ancestralmente han realizado estas comunidades para garantizar su integridad cultural, social y económica de acuerdo con la ley que rige la materia. Es decir tenemos una deuda territorial...
MUCHAS GRACIAS. EXCELENTE INFORMACIÓN
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